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martes, 10 de noviembre de 2009

APRENDAMOS CADA DIA.

LA CONSTITUCION POLITICA DE CHILE (ART. 19)


“ESTABLECE EL DERECHO DE LOS TRABAJADORES A SINDICARSE Y ASEGURA LA AUTONOMÍA DE ESTAS ORGANIZACIONES PARA SU FUNCIONAMIENTO”.


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LA LEY 19069 EN SU ARTÍCULO Nº 9.


ESTABLECE LOS PRINCIPALES OBJETIVOS DE LOS SINDICATOS.



1-) Representar a los trabajadores en el ejercicio de sus derechos emanados de los contratos.


2-) Representar a los afiliados en las diversas instancias de la negociación colectiva.


3-) Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infracciones ante las autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones a que den lugar la aplicación de multas u otras sanciones;


4-) Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carácter judicial o administrativo, que tengan por objeto denunciar prácticas desleales.


5-) Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperación mutua entre los mismos, estimular su convivencia humana e integral y proporcionarles recreación.


6-) Promover la educación gremial, técnica y general de sus asociados.


7-) Canalizar inquietudes y necesidades de integración respecto de la empresa y de su trabajo.


8-) Propender al mejoramiento de sistemas de prevención de riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.


9-) Propender al mejoramiento del nivel de empleo y participar en funciones de colocación de trabajadores.


10-) Constituir o asociarse a servicios diversos como: asesorías técnicas, jurídicas, educacionales, culturales, de promoción socio-económicas y otras;


11-)Constituir o asociarse a instituciones de carácter previsional o de salud.


12-)En general, realizar todas aquellas actividades contempladas en sus estatutos.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Este es excelente medio como tu puedes dar a conocer tus inquietudes y participar activamente en el desarrollo de nuestro sindicato.